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ATENCION


DISCAPACIDAD 2025

"Nuevo instructivo de acceso al sistema"

Todos los afiliados a OSMISS que cuentan con el Certificado Único de Discapacidad (conf. art. 10º de la Ley 24.901), podrán acceder a las prestaciones de rehabilitación, traslado, educación, residencia, hospitales de día o internación y medicamentos de acuerdo a los requisitos que a continuación se detallan.
Se podrá acceder acercándose personalmente a los Centros de Atención Personalizada o por mail/teléfono que corresponda a su zona o provincia detallados más adelante.
Se realizará la cobertura integral de las prestaciones previstas en la ley 24.901 y sus concordantes, recordando que todas las prestaciones requieren auditoría previa.



MEDICAMENTOS


    Los medicamentos que serán cubiertos en forma integral, son aquellos que sean indicados específicamente para la/s patología/s consignada/s en el Certificado Único de Discapacidad.
    En aquellas situaciones en que se requiera una orientación personalizada deberá comunicarse con los Centros de Atención Telefónica que se detallan más adelante, correspondiente a su zona o provincia.


INFORMACION ÚTIL


    Cómo obtener el Certificado único de discapacidad:
    www.argentina.gob.ar/servicio/como-obtener-el-certificado-unico-de-discapacidad-cud

    Renovación del certificado único de discapacidad – CUD

      Según Resolucion 2520/24 ANDIS, en su articulo 1° resuelve:
      ARTÍCULO 1°.- Prorróganse, por única vez y por el término de UN (1) año contado desde la fecha consignada en el Certificado Único de Discapacidad (CUD), las instancias de actualización que deban realizar las personas titulares de un CUD cuya fecha de vencimiento o actualización original, sin prórroga anterior, ocurra entre el 01 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.




Prestaciones para Afiliados con discapacidad


    Nuestro Departamento de Servicios para Personas con Discapacidad está organizado de forma tal que usted podrá ser asesorado por nuestro personal especializado para orientarlo en las inquietudes que presente. Las prestaciones que se brindan a las Personas con Discapacidad se encuentran reguladas por la Ley 24901 y establecidas en el Marco básico de organización y funcionamiento de prestaciones y establecimientos de atención a personas, Res.1328/2006 MSAS y modificatorias.


Modalidad de cobertura


    El trámite requiere de autorización antes de iniciar la prestación . La presentación del total de la documentación vigente es indispensable para evaluar cada tratamiento. La solicitud de cobertura debe ser iniciada por el titular, una persona autorizada y/o quien acredite vínculo familiar 30 días antes de la fecha propuesta para el inicio del /los tratamientos. Una vez presentada la misma queda sujeta a la evaluación de la Gerencia de Auditoría Médica de Discapacidad y estará sujeta al nomenclador de Prestaciones para Personas con Discapacidad del Ministerio de Salud y Acción Social (Res. 428/1999). Los valores cubiertos se encuentran estipulados en las Resoluciones Vigentes emitidas por la Superintendencia de Servicios de Salud. Los afiliados del interior del país podrán tramitar la solicitud a través del mail de discapacidad debiendo enviar la documentación escaneada en forma completa por ese medio. Solo se autorizarán prestaciones a instituciones cuando las mismas se encuentren categorizadas ante el Servicio Nacional de rehabilitación e inscriptas en el registro nacional de prestadores de discapacidad de la Superintendencia de Servicios de Salud. Del mismo modo los prestadores independientes deberán estar inscriptos en dicha institución.


Vías de contacto para afiliados con discapacidad de OSMISS.





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Integral Salud

SUCURSAL SANTA FE - Email: elinaf@integralsalud.com.ar

SUCURSAL REGION SUR - Email: fpolanco@integralsalud.com.ar

SUCURSAL CORDOBA - Email: integracioncba@integralsalud.com.ar





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Medicina Esencial S.A. - Grupo Oroño

Email: discapacidad@medicinaesencial.com.ar





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OSDE

Web: www.osde.com.ar
Tel.: 0810-555-6733
Whatsapp: 11-4872-9000






Rojas Sinclair

Email: marcelai@integralsalud.com.ar
Tel.: (0232) 544-269





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ViaSano Salud

Email: mecanismodeintegracion@viasanosalud.com.ar
Tel.: 0810-362-0777 de lunes a viernes de 9 a 14 hs.